Secretaría de Estado y del Despacho de Marina / Ministerio de Marina. Sección Expediciones. Sub-Sección Expediciones a Indias
1.2 Título:
Abono de ración. Que el artículo segundo de la Real Orden de 3 de mayo de 1829, que lo prohíbe para los individuos que tienen destino en tierra, no debe tener efecto en el apostadero de La Habana